Usumatlán

Municipio del departamento de Zacapa, Guatemala

Usumatlán (del nahuatl, significa «lugar donde abundan los monos») es un municipio del departamento de Zacapa, en el oriente de la República de Guatemala. Es atravesado por la ruta asfaltada que de la capital de Guatemala conduce hacia el Atlántico, comparte la Sierra de las Minas con Teculután, Río Hondo (Zacapa) y Gualán. El río Motagua le sirve de límite con el municipio de Cabañas. Sus extensas planicies son utilizadas para la explotación de la uva y el melón.

Usumatlán
Municipio
Usumatlán ubicada en Guatemala
Usumatlán
Usumatlán
Localización de Usumatlán en Guatemala
Usumatlán ubicada en Zacapa
Usumatlán
Usumatlán
Localización de Usumatlán en Zacapa
Mapa
Mapa interactivo de Usumatlán.
Coordenadas14°56′56″N 89°46′36″O / 14.948888888889, -89.776666666667
Idioma oficialEspañol[1]
EntidadMunicipio
 • PaísBandera de Guatemala Guatemala
 • Departamento Zacapa
Superficie 
 • Total257 km² Ver y modificar los datos en Wikidata
Altitud 
 • Media230 m s. n. m.
Climatropical, Aw
Población (2021) 
 • Total13 245 hab.[2]
 • Densidad51,54 hab./km²
IDH (2018)0,666 (Puesto 91.º) – Medio
Huso horarioUTC−6
Código postal19006
Prefijo telefónico502
Patrono(a)Juan el Bautista
Sitio web oficial
Miembro de: Asociación Nacional de Municipalidades de Guatemala

El pueblo de Usumatlán no figuró como tal durante el periodo de la colonia, pues no aparece en el índice alfabético de ciudades, villas, pueblos del Reino de Guatemala. Después de la Independencia de Centroamérica en 1821, para la Administración de Justicia por el Sistema de Jurados, decretado el 11 de octubre de 1825 y adaptado al código de Livingston, el pueblo de San Juan Uzumatán —como era conocido— fue adscrito al circuito de Zacapa en el Distrito N.º4 (Chiquimula).[3]

El área ha estado poblada desde antes de la llegada de los españoles, como se comprueba con los sitios arqueológicos de Huijó y Pueblo Viejo. Sus extensas planicies son utilizadas para la explotación de la uva y el melón.

Toponimia

Muchos de los nombres de los municipios y poblados de Guatemala constan de dos partes: el nombre del santo católico que se venera el día en que fueron fundados y una descripción con raíz náhuatl; esto se debe a que las tropas que invadieron la región en la década de 1520 al mando de Pedro de Alvarado estaban compuestas por soldados españoles y por indígenas tlaxcaltecas y cholultecas.[4]

Originalmente era llamado «San Juan Usumatlán», en honor a su santo patrono, San Juan Bautista; por su parte, el topónimo «Usumatlán», proviene de las voces nahuatl «Usumatl» (español: «mono») y «tlan» (español: «abundancia»), y significa «lugar donde abundan los monos».

Geografía física

Clima

La cabecera municipal de Usumatlán tiene clima tropical (Clasificación de Köppen: Aw).

  Parámetros climáticos promedio de Usumatlán 
MesEne.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.Anual
Temp. máx. media (°C)30.832.634.935.534.933.132.733.232.731.731.230.332.8
Temp. media (°C)25.026.428.229.228.827.427.127.427.226.425.925.127
Temp. mín. media (°C)19.320.221.522.922.821.821.521.621.721.220.620.021.3
Precipitación total (mm)124186718514999191109201846
Fuente: Climate-Data.org[5]

Ubicación geográfica

Usumatlán está localizado en el departamento de Zacapa y es atravesado por la ruta asfaltada que de la capital de Guatemala conduce hacia el Atlántico, comparte la Sierra de las Minas con Teculután, Río Hondo (Zacapa) y Gualán. El río Motagua le sirve de límite con el municipio de Cabañas.[6]

Sus colindancias son:

Norte: Alta Verapaz
Oeste: El Progreso Este: Teculután[6]
Sur: Cabañas[6]

Gobierno municipal

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.ºLeyDescripción
1Constitución Política de la República de GuatemalaTiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2Ley Electoral y de Partidos PolíticosLey de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3Código MunicipalDecreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4Ley de Servicio MunicipalDecreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5Ley General de DescentralizaciónDecreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal[1]​ mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[7]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[1][7]

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Historia

Tras la Independencia de Centroamérica

La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 —y no el 11 de abril de 1836, como numerosos historiadores han reportado incorrectamente[a]​ — creó los distritos y sus circuitos correspondientes para la administración de justicia según el Código de Lívingston traducido al español por José Francisco Barrundia y Cepeda; Uzumatán fue parte del circuito de Zacapa que pertenecía al Distrito N.º 4 (Chiquimula) e incluía a Santa Lucía, San Pablo, Gualán, Izabal, Río Hondo, Trapiche, Estanzuela, Uzumatán y Teculután.[9]

Véase también

Notas y referencias

Referencias

Bibliografía

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